Lesa Humanidad


La Procuraduría de crímenes contra la humanidad ha sido creada para continuar la tarea desarrollada por la Unidad de Coordinación, a la que vino a reemplazar, ampliando sus funciones y siendo dotada de más y mejores recursos.


La Procuraduría tiene entre sus principales funciones:


  1. Continuar con todas las tareas que le habían sido asignadas a la Unidad Fiscal de Coordinación y Seguimiento, haciendo especial hincapié en: a) la elaboración de un registro completo y actualizado de las causas por violaciones a los derechos humanos cometidas durante el terrorismo de Estado de todo el país; b) la sistematización y procesamiento periódico de la información sobre el avance del proceso de juzgamiento; c) la realización de las medidas necesarias para la implementación de los criterios definidos por esta Procuración General de la Nación en la Resolución PGN N° 13/08; y d) la coordinación interinstitucional para facilitar el avance de los procesos.
  2. Disponer la realización de investigaciones preliminares en casos de violaciones masivas y sistemáticas a los derechos humanos que hayan tenido lugar durante el terrorismo de Estado.
  3. Diseñar estrategias para detectar y profundizar la investigación sobre casos en los que medie responsabilidad de actores civiles involucrados con el terrorismo de Estado.
  4. Realizar, mediante la Unidad especializada creada por Resolución PGN N° 435/12, acciones tendientes a reforzar el trabajo en materia de identificación y persecución de supuestos de apropiación de niños durante el terrorismo de Estado.
  5. Intensificar el registro e investigación de casos de abusos sexuales cometidos durante la última dictadura cívico-militar.
  6. Coordinar con la oficina de digitalización de causas complejas la constitución de un archivo de causas que reúna toda la documentación judicial producida en el marco de la tramitación de las causas por violaciones a los derechos humanos.
  7. Efectuar un estudio permanente de la jurisprudencia nacional e internacional en la materia.
  8. Proponer a la Procuradora General de la Nación reformas legislativas o de otro carácter que sean consideradas necesarias para cumplir con las obligaciones asumidas por parte del Estado en el ámbito internacional en relación con violaciones masivas y sistemáticas a los derechos humanos.
  9. Articular y coordinar con las otras Procuradurías tareas y esfuerzos en pos de la optimización de los recursos para lograr los objetivos trazados; (
  10. Constituir la mesa de discusión con actores institucionales y sociales involucrados en el proceso de verdad y justicia.

 

Para mayor información: http://www.mpf.gob.ar/lesa/