Operaciones Transfronterizas


8.1-observacion transfronteriza

8.1.1 Concepto y alcance de la medida . (Cómo se define este concepto en cada país, qué abarca y qué normas son aplicables)

No se encuentra regulada en la legislación Salvadoreña como una herramienta de investigación.
Ahora bien entre Guatemala y el País existe una fuerza binacional, cual se encarga de dar vigilancia a los turistas de ambos países.

8.1.3 De no existir acceso a la observación transfronteriza , ¿existe una medida alternativa con el mismo fin?
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8.1.2 Órgano competente para autorizar esta medida (En esta sección se debe señalar quién es el organismo que autoriza este procedimiento, definir si es juez de instrucción, fiscal, policía, etc., conforme a la normativa legal del país. Si existen procedimientos distintos en los casos de flagrancia y con delitos determinados.)
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8.1.4 ¿Es la medida posible en virtud de la asistencia judicial mutua?
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8.1.5 ¿Es posible la asistencia o participación de agentes del Estado requirente en la ejecución de la medida?
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8.1.6 Consejos útiles (Detalles prácticos que es necesario conocer para la ejecución de esta medida y los procedimientos que se deben realizar si esta interceptación se puede realizar en conformidad al procedimiento del Estado requirente)

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8.2-la persecución transfronteriza

8.2.1 Concepto y alcance de la medida . (Cómo se define este concepto en cada país, qué abarca y qué normas son aplicables)

La persecución transfronteriza como tal no es posible ya que la legislación salvadoreña no lo permite, ahora bien si se trata de observación y seguimiento de personas es una medida investigativa que se puede adoptar a través de todo el país, como técnica de investigación. Sin embargo, para realizar debemos de tener presente que los agentes policiales son civiles, y que por lo tanto, no pueden ingresar a territorio salvadoreño portando armas de fuego, aún cuando sea en seguimiento de un delito flagrante.

8.2.2 Requisitos (Cuáles son los presupuestos que se exigen para la procedencia de la medida)

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8.2.3 De no existir acceso a la persecución transfronteriza , ¿existe una medida alternativa con el mismo fin?

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8.2.4 Órgano competente para autorizar esta medida (En esta sección se debe señalar quién es el organismo que autoriza este procedimiento, definir si es juez de instrucción, fiscal, policía, etc., conforme a la normativa legal del país. Si existen procedimientos distintos en los casos de flagrancia y con delitos determinados.)

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8.2.5 ¿Es la medida posible en virtud de la asistencia judicial mutua?

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8.2.6 ¿Es posible la asistencia o participación de agentes del Estado requirente en la ejecución de la medida?

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8.2.7 Consejos útiles (Detalles prácticos que es necesario conocer para la ejecución de esta medida y los procedimientos que se deben realizar si esta interceptación se puede realizar en conformidad al procedimiento del Estado requirente)
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8.3-seguimiento transfronterizo (colocando rastreador en un vehículo o una persona

8.3.1 Concepto y alcance de la medida . (Cómo se define este concepto en cada país, qué abarca y qué normas son aplicables)

Esta medida no está prevista en el ordenamiento jurídico nacional, por lo que no es posible definir su concepto menos aún señalar las normas aplicables, existiendo un vacío legal.

8.3.2 Requisitos (Cuáles son los presupuestos que se exigen para la procedencia de la medida)
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8.3.3 De no existir acceso a las medidas cautelares , ¿existe una medida alternativa con el mismo fin?

Si, la entrega vigilada o las vigilancias discretas.

8.3.4 Órgano competente para autorizar esta medida (En esta sección se debe señalar quién es el organismo que autoriza este procedimiento, definir si es juez de instrucción, fiscal, policía, etc., conforme a la normativa legal del país. Si existen procedimientos distintos en los casos de flagrancia y con delitos determinados.)

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8.3.5 ¿Es la medida posible en virtud de la asistencia judicial mutua?

No es posible.

8.3.6 Consejos útiles (Detalles prácticos que es necesario conocer para la ejecución de esta medida y los procedimientos que se deben realizar si esta interceptación se puede realizar en conformidad al procedimiento del Estado requirente)

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8.4-entregas vigiladas o controladas

8.4.1 Concepto y alcance de la medida . (Cómo se define este concepto en cada país, qué abarca y qué normas son aplicables)

Estas medidas se encuentran regulada expresamente en materia de tráfico de drogas, lavado de dinero y crimen Organizado.

Ya que por ser delitos de gran envergadura y complejidad requieren actuaciones de vigilancia y entregas controladas.
Art. 5 LEY CONTRA EL CRIMEN ORGANIZADO Y DELITOS DE REALIZACIÓN COMPLEJA

8.4.2 Requisitos (Cuáles son los presupuestos que se exigen para la procedencia de la medida)

Autorización del fiscal del caso .

8.4.3 De no existir acceso a las medidas , ¿existe una medida alternativa con el mismo fin?

No.

8.4.4 Órgano competente para autorizar esta medida (En esta sección se debe señalar quién es el organismo que autoriza este procedimiento, definir si es juez de instrucción, fiscal, policía, etc., conforme a la normativa legal del país. Si existen procedimientos distintos en los casos de flagrancia y con delitos determinados.)

La Fiscalía General de la República.

8.4.5 ¿Es la medida posible en virtud de la asistencia judicial mutua?

Si.

8.4.6 ¿Es posible la asistencia o participación de agentes del Estado requirente en la ejecución de la medida?

Sí, Como facilitadotes de equipo logístico .

8.4.7 Consejos útiles (Detalles prácticos que es necesario conocer para la ejecución de esta medida y los procedimientos que se deben realizar si esta interceptación se puede realizar en conformidad al procedimiento del Estado requirente)

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8.5-equipos conjuntos de investigación

8.5.1 Concepto y alcance de la medida . (Cómo se define este concepto en cada país, qué abarca y qué normas son aplicables)

Esta medida no está prevista en el ordenamiento jurídico nacional, por lo que no es posible definir su concepto menos aún señalar las normas aplicables, existiendo un vacío legal, en este tema.

8.5.3 De no existir acceso a las medidas , ¿existe una medida alternativa con el mismo fin?
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8.5.2 Órgano competente para autorizar esta medida (En esta sección se debe señalar quién es el organismo que autoriza este procedimiento, definir si es juez de instrucción, fiscal, policía, etc., conforme a la normativa legal del país. Si existen procedimientos distintos en los casos de flagrancia y con delitos determinados.)

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8.5.4 ¿Es la medida posible en virtud de la asistencia judicial mutua?

No .

8.5.5 ¿Es posible la asistencia o participación de agentes del Estado requirente en la ejecución de la medida?

No .

8.5.6 Consejos útiles (Detalles prácticos que es necesario conocer para la ejecución de esta medida y los procedimientos que se deben realizar si esta interceptación se puede realizar en conformidad al procedimiento del Estado requirente)

Establecer puntos de contacto permanente con la Policía Nacional Civil y la Fiscalía General de la República.