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La Asociación Ibero Americana de Ministerios Públicos(AIAMP) se ha comprometido a hacer accesible su sitio web de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público, por el que se traspone la Directiva (UE) 2016/2102 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016.
La presente declaración de accesibilidad se aplica al sitio web www.aiamp.info, excluyendo los contenidos incrustados provenientes de otros dominios.
Este sitio web es parcialmente conforme con el Real Decreto 1112/2018 debido a la falta de conformidad de los aspectos que se indican a continuación.
El contenido que se recoge a continuación no es accesible por los siguientes motivos:
Carga desproporcionada
No aplica.
El contenido no entra dentro del ámbito de la legislación aplicable
Pueden existir archivos de ofimática en PDF y otros formatos publicados antes del 20 de septiembre de 2018 que no cumplan en su totalidad todos los requisitos de accesibilidad. Aunque se ha procurado que la mayoría de ellos sí lo cumplan.
Puede haber contenidos de terceros que no estén desarrollados por AIAMP o que no estén bajo su control, como por ejemplo, archivos ofimáticos.
Pueden existir archivos pregrabados publicados antes del 20 de septiembre de 2018 que no cumplan en su totalidad todos los requisitos de accesibilidad.
La presente declaración fue preparada el día 23/11/2022.
El método empleado para preparar la declaración ha sido una autoevaluación llevada a cabo por una Empresa especializada externa el día 04/05/2022.
Última revisión de la declaración: 23/11/2022
Puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a del RD 1112/2018) como, por ejemplo:
Para estas comunicaciones tiene disponible estos canales de comunicación:
Teléfono: 902 007 214 / 91 837 22 95
Acorde al artículo 10.2.b del RD 1112/2018, también puede presentar:
En la Solicitud de información accesible, se debe concretar, con toda claridad, los hechos, razones y petición que permitan constatar que se trata de una solicitud razonable y legítima.
Las solicitudes de información accesible y quejas se pueden presentar a través de Instancia Genérica de la Sede electrónica del Ministerio de Justicia, así como del resto de opciones recogidas en la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las comunicaciones, quejas y solicitudes de información accesible serán recibidas y tratadas por la Unidad Responsable de Accesibilidad de la Subdirección General de Información Administrativa e Inspección General de Servicios de AIAMP.
Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación. Igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya transcurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta.
La reclamación puede ser presentada través de Instancia Genérica de la Sede electrónica del Ministerio de Justicia de AIAMP, así como en el resto de opciones recogidas en la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las reclamaciones serán recibidas y tratadas por la Unidad Responsable de Accesibilidad de la Subdirección General de Información Administrativa e Inspección General de Servicios de AIAMP.